En el marco de la octava Jornada de Derecho Aduanero que organiza la Dirección Nacional de Adunas, el Dr. Daniel Olaizola, miembro del Consejo Directivo del INALOG, reflexionó sobre los 10 años de vigencia del Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay, destacando sus logros y proponiendo sugerencias para mejorar su aplicación.

Mencionó que el Código Aduanero, en sus diez años de implementación, ha logrado cumplir con las funciones clave que se esperan de un código: compilar, interpretar, adecuar y actualizar. En cuanto a compilación, el Código ha logrado agrupar normativas de manera coherente. En cuanto a interpretación, no se han reportado problemas significativos de interpretación en general, lo cual es un éxito. Además, ha estado en sintonía con su tiempo, adecuándose a las realidades del comercio internacional y las prácticas aduaneras modernas. Sin embargo, el Dr. Olaizola subrayó que, luego de una década, se hace necesaria una actualización, especialmente en relación con nuevas tecnologías y prácticas comerciales que han surgido en este período.

Adicionalmente presentó algunas propuestas de modificación para ser analizadas:

  1. Tecnología y Control Aduanero

El Dr. Olaizola destaca que, aunque el Código menciona la tecnología y el análisis de datos en artículos como el 46.2 (control, vigilancia y fiscalización), 74 (selectividad) y 179 (gestión de riesgos), no existe una regulación clara sobre el uso de inteligencia artificial (IA) en los controles aduaneros. Propone una regulación explícita para el uso de tecnologías basadas en IA, aplicadas al control aduanero, asegurando el cumplimiento de los derechos constitucionales de los administrados y garantizando la transparencia, publicidad y control de legalidad. Este enfoque no solo modernizaría los procesos aduaneros, sino que también garantizaría que el uso de tecnologías no comprometa los principios fundamentales del derecho.

2. Operativa Aduanera: Depósito Aduanero Particular

En cuanto al depósito aduanero particular (artículo 96), el Código establece un plazo de 24 meses para el depósito de mercancías que no sean reembarcadas ni reexportadas. El Dr. Olaizola sugiere que, para optimizar el proceso, la aduana debería tener la facultad de intimar al interesado a la importación definitiva de la mercancía en un plazo de 30 días, evitando el remate de bienes y acelerando el proceso. Esto reduciría el riesgo de abandono y disminuiría los casos que terminan en litigios judiciales.

3. Retornos de Mercaderías en Admisión Temporaria

En relación al artículo 152, que trata sobre el retorno de mercaderías producidas a partir de insumos importados en el régimen de admisión temporaria para perfeccionamiento activo, el Dr. Olaizola propone una modificación que permitiría que la mercancía retornada vuelva a ingresar bajo el mismo régimen, siempre que se demuestre su reprocesamiento, reetiquetado o modificación comprobable. Esta modificación, según su propuesta, eliminaría gastos innecesarios para los exportadores y simplificaría los procedimientos, beneficiando tanto a las empresas como a la administración aduanera.

4. Auto Revisión y Sanciones

En cuanto al mecanismo de auto-revisión, que permite a los operadores corregir errores de forma espontánea dentro de los 30 días hábiles posteriores al libramiento, el Dr. Olaizola plantea una propuesta para premiar siempre la buena fe del operador, eliminando los plazos para presentar la auto-revisión sin que ello implique una penalización excesiva. Actualmente, el sistema aplica una multa progresiva (5% del monto a regularizar hasta el día 5 y 20% del monto a regularizar entre los días 6 y 30). Olaizola sugierió que se elimine la penalización por auto-denunciar infracciones no detectadas, reconociendo que las empresas deben ser incentivadas a actuar de manera transparente y voluntaria.

5. Competencias de la zona primaria aduanera

El Dr. Olaizola también expresó su interés en que la aduana lidere los procedimientos de control de ingreso y egreso de mercancías en la zona primaria aduanera, que incluye puertos, aeropuertos y pasos de frontera, en lugar de depender de otros organismos. Propone que los controles de estos organismos se centralicen en el sistema informático de la aduana, mejorando la eficiencia y la coordinación interinstitucional.

El Dr. Olaizola concluye que, aunque el Código Aduanero ha cumplido con su propósito en muchos aspectos, las modificaciones propuestas permitirían una modernización y eficiencia de los procedimientos aduaneros, adaptándolos a las necesidades actuales del comercio global y mejorando la recaudación fiscal. La integración de nuevas tecnologías, la simplificación de los procedimientos operativos y la promoción de la transparencia contribuirán a una gestión aduanera más ágil y efectiva.

Este enfoque integral, que incluye una revisión de la operativa y la regulación, representa un paso importante para mantener al sistema aduanero uruguayo alineado con las mejores prácticas internacionales, asegurando la competitividad del país en el comercio global.

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