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El Operador Económico Calificado (OEC) es toda persona física o jurídica vinculada a la actividad aduanera, que ha sido autorizada con esa calidad por la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), a partir de su desempeño en el cumplimiento de la legislación aduanera y otros requisitos que establezca la reglamentación.

En esta sección, se brindará información normativa actualizada de calidad que tenga impacto en la temática referida.

Contenido Normativo

Nombre Identificación Publicación Promulgación Enlace
Reglamentación del artículo 40 de la ley 19.276, Codigo Aduanero, relativo a la autorización a operadores económicos calificados o empresas vinculadas a grupo de interés económico, la solicitud ante la DNA de homologación de sistemas de precintado electrónico propios DECRETO 360/022 14/11/22 04/11/22
Incorporacion de beneficios para los Operadores Economicos Calificados RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS (DNA) N 33/2015 05/06/15
Incorporacion de beneficios para los Operadores Economicos Calificados RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS (DNA) N 10/2015 26/03/15
Reglamentacion del art. 148 de la Ley19.149 del programa Operador Calificado (OEC) DECRETO N 51/014 11/03/14 28/02/14
Aprobacion de rendicion de cuentas y balance de ejecucion presupuestal. Ejercicio 2012 LEY N 19.149 11/11/13 24/10/13
Programa piloto de Operador Economico Autorizado (OEA) ORDEN DEL DÍA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS (DNA) N 25/013 02/05/13
Modificacion en la integracion del grupo de trabajo del programa de Operador Economico Autorizado (OEA) creado por orden del dia DNA N 48/011 ORDEN DEL DÍA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS (DNA) N 20/012 13/03/12